jueves, noviembre 02, 2006

Enmienda al Articulo 36.

Segun lo estipulado en el nuevo Articulo 36 del codigo legislativo referido a constantes físicas y a materia de permanencia de factores de atracción terrestre, se constata que: de ahora en adelante y a efectos retrogrados y anterogrados queda derogada La Ley de la Gravedad.
Así mismo dejarán de aplicarse sus 9,8 m/s de aceleración en caídas en picado a precipicios sin fondo, tal como su obsoleto sistema de imantación al suelo de los pies de cualquier persona física que obrara en dicho medio con lo que, a partir de ahora, se permitirá flotar libremente por el aire a merced del viento como una pluma de gorrión o un beso lanzado con la mano en el anden de la estación de trenes.
Se recomienda, no obstante, el uso de zapatos de buzo durante un periodo de adaptación a la nueva legislatura, aunque haya quien des del primer día levitará por doquier copando las cimas de las montañas más altas, alcanzando la luna con las yemas de sus dedos, perdiendose en el cosmos por siempre jamás.

3 comentarios:

Unknown dijo...

qué bonito, volveré a leerlo sin las gafas de soldador.

Imposivle dijo...

volar sale gratis con aerolineas inmposivle, compañia de bajo coste de altos vuelos: SE VOLATIL

Unknown dijo...

cómo molas tronko